La Respuesta Corta: Sí
Costa Rica tiene una de las legislaciones inmobiliarias más amigables con extranjeros en América Latina. Los extranjeros pueden ser propietarios de bienes inmuebles titulados a su nombre con los mismos derechos que los ciudadanos costarricenses. No se requiere residencia ni visa especial.
Puntos Clave para Compradores Extranjeros
1. Propiedad Directa
Puede mantener la propiedad directamente a su nombre personal o a través de una sociedad costarricense (S.A. o S.R.L.). Ambas opciones son comunes y legalmente válidas.
2. La Excepción de la Zona Marítimo Terrestre
La única excepción importante es la Zona Marítimo Terrestre. Los primeros 50 metros desde la línea de marea alta son terreno público. Los siguientes 150 metros son zona de concesión donde los extranjeros con menos de 5 años de residencia no pueden obtener concesiones directamente.
3. Debida Diligencia
- Plano Catastrado: Mapa catastral registrado de la propiedad
- Folio Real: Número de registro de título
- Verificación corporativa: Confirmar la situación legal del vendedor
- Impuestos municipales: Confirmar que los impuestos están al día
4. Costos de Cierre
Espere aproximadamente 3.5–4.5% del precio de compra, incluyendo impuesto de transferencia, honorarios legales y gastos de registro.
5. Impuesto Anual
El impuesto anual sobre bienes inmuebles es solo 0.25% del valor registrado — uno de los más bajos de la región.
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